Y aunque el argumento del Icetex para solicitar el bloqueo fue que la página “estaba haciendo un uso ilegal de la marca y por esta razón debía ser retirada”, la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) considera que esa no es una razón de peso para sustentar el procedimiento. Por eso, aclara lo siguiente:
La Decisión Andina 486 establece que la gente puede hacer uso de las marcas sin autorización de su dueño cuando esto se hace con fines informativos, de buena fe y cuando no se cause ‘una dilución de la fuerza distintiva o del valor comercial o publicitario de la marca, o un aprovechamiento injusto de su prestigio’”.
Y es que según dijo a la Flip el periodista y administrador de la página, Fernando Calao, ‘Icetex te arruina’ es un sitio creado “para denunciar, documentar y prestar asesoría jurídica a las personas que se consideran afectadas por las tasas de interés de los préstamos que ofrece dicha entidad estatal”.
Por esta razón, la Fundación considera que esas publicaciones “son asuntos de interés público, pues se trata de la búsqueda, recepción y difusión de información relacionada con una de las principales labores de una entidad pública”, lo que convierte a la página en un espacio que presta un “servicio que puede ser de utilidad para varias personas”.
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Lo que más llama la atención en este caso es que desde el Icetex se haya contactado directamente a Godaddy, que tenía el alojamiento de la página, para pedir el retiro del dominio, cuando según la Flip “las entidades públicas no pueden solicitar este tipo de bloqueos de forma directa”.
Por eso, la Flip y la Fundación Karisma (organización que apoya y difunde el buen uso de las tecnologías) piden a la Fiscalía y a la Procuraduría que investigue esta denuncia, pues consideran que es una forma de “presión indirecta contra la libertad de expresión”.
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