Así lo determinó la Corte Suprema de Justicia, según La F.m., luego de comprobar que el paciente había sido contagiado con VIH sida en una transfusión de sangre que le hicieron en la Clínica Palermo, a la que había llegado herido a causa de un accidente de tránsito.
El alto Tribunal encontró otra serie de irregularidades que hubo para hacer la transfusión. Por ejemplo, dice la emisora, el laboratorio que suministró la sangre infectada tenía vencida la licencia de funcionamiento. Además, la bolsa de la que extrajeron la sangre para el afectado fue la misma que usaron para la transfusión de una recién nacida que también resultó contagiada con VIH.
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Aunque este este caso ocurrió en 1990, la Corte solo lo falló hasta esta semana a favor del afectado y de su familia, a la que repararán por perjuicios morales y también será la encargada de recibir el dinero de la indemnización del hombre, pues este falleció, puntualizó el medio.
Por su parte, y sobre la decisión de la Corte, la Clínica Palermo, citada por Noticias RCN, señaló que: “Lamenta los hechos ocurridos en 1990, aclarando que desde esa época el Sistema de Salud en Colombia ha fortalecido los mecanismos para incrementar la seguridad del paciente”.
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